LOS 20 PRINCIPIOS BÁSICOS DEL USO
DE LA FUERZA
1.- Cumplir Hacer Cumplir La Ley
2.-Cuenten
con equipo auto protector, por ejemplo, escudos, cascos, chalecos a prueba
de balas.
3.- armas no letales incapacitantes
4.- Uso Progresivo de la Fuerza
5.- Cuando el empleo de las armas de
fuego sea inevitable, Reducirán al mínimo los daños y lesiones y
respetarán y protegerán la vida humana.
6.- Cuando al emplear la fuerza o
armas de fuego los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley ocasionen
lesiones o muerte, comunicarán el hecho inmediatamente a sus superiores de
conformidad con el principio 22
7.- Castigue como delito el empleo arbitrario o abusivo de la
fuerza.
8. No se podrán invocar
circunstancias excepcionales tales como la inestabilidad política interna o
cualquier otra situación pública de emergencia para justificar el
quebrantamiento de estos Principios Básicos
9.- No emplearán armas de
fuego contra las personas salvo en defensa propia o de otras personas, en
caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves.
10.- los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley se identificarán como tales y darán una clara advertencia de su
intención de emplear armas de fuego.
11.- Aseguren que las armas de fuego se utilicen solamente en circunstancias apropiadas y de manera tal que disminuya el riesgo de daños innecesarios
12.- Dado que todas las personas están
autorizadas a participar en reuniones lícitas y pacíficas.
13.- Al dispersar reuniones ilícitas
pero no violentas, evitarán el empleo de la fuerza o, si no es posible, lo
limitarán al mínimo necesario.
14.- Al
dispersar reuniones violentas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley podrán utilizar
armas de fuego cuando no se puedan utilizar
medios menos peligrosos y únicamente en la mínima
15.- Los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus relaciones con las
personas bajo custodia
o detenidas, no emplearán la fuerza, salvo
cuando sea estrictamente necesario.
16.- Los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus relaciones con las
personas bajo custodia
17.- Los principios precedentes se aplicarán sin perjuicio de
los derechos.
18.- Todos
los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sean seleccionados
mediante procedimientos adecuados.
19.- Todos
los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley reciban capacitación
en el empleo de la fuerza.
20.- En la capacitación de los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley los gobiernos y los
organismos correspondientes prestarán
especial atención a las cuestiones de ética policial y derechos
humanos.